El TC consagra la vulneración de derechos de los euskaldunes Eusko Alkartasuna considera extremadamente grave la decisión del Tribunal Constitucional (TC) español de anular el artículo 7.1 y la disposición adicional tercera del Decreto del Gobierno vasco de Medidas para la Normalización Lingüística de la Administración de Justicia, que preveía la posibilidad de considerar el conocimiento del euskera como requisito a aplicar a los jueces, fiscales y secretarios que ejerzan en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa. El TC entiende que ni jueces, ni fiscales, ni secretarios tienen por qué conocer el idioma propio de la tierra en que ejercen sus funciones y, en consecuencia, da por buena la discriminación de la población euskaldun y la vulneración ya no sólo de sus derechos lingüísticos, sino también la de su derecho a la defensa y a la protección judicial efectiva.
Frente a ello Eusko Alkartasuna reivindica una vez más la constitución urgente de un Poder Judicial Vasco, primero, porque es nuestro derecho como país y, segundo, por ser la única manera de que disfrutemos de un sistema judicial que de verdad sea garante de todos los derechos, incluidos los lingüísticos.
La sentencia del TC vulnera la Ley Básica de Normalización de Uso del Euskera, que reconoce a los ciudadanos vascos el derecho fundamental a relacionarse en euskera con cualquier organismo o entidad radicado en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y desoye las recomendaciones del comité de expertos de la Carta Europea de las Lenguas Minoritarias, que hace ahora un año instó al Estado español a incrementar el personal bilingüe de la Administración de Justicia, sobre todo entre jueces y fiscales.
El sistema judicial español da así la espalda a la realidad sociolingüística de Euskal Herria y demuestra que permanece anclado en una visión del Estado más propia de épocas pasadas que del siglo XXI, con una Justicia muy lejos de la sociedad a la que dice servir, igual que cuando desde Madrid enviaban a sus funcionarios a ejercer a “tierra extraña”.
Aun siendo grave la sentencia del TC, ésta también tiene, no obstante, aspectos positivos puesto que, si bien anula el artículo 7.1 y una disposición adicional del Decreto del Gobierno Vasco, desestima todas las demás impugnaciones realizadas en su día por el Gabinete Aznar. Así, el TC da la razón al Gobierno Vasco al admitir expresamente la posibilidad de establecer perfiles lingüísticos como requisito de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia del País Vasco, con lo que viene a ratificar las actuaciones desarrolladas hasta el momento en este campo por parte del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social.
Fuente: Eusko Alkartasuna