Se aprobó por unanimidad
En la documentación gráfica del PUEP del Puerto de Bilbao señala una zonificación de uso industrial en la Ladera Oeste de Punta Lucero con la creación de un ámbito nuevo de superficie de 396.825 m2 (39,68 Ha.)
En primer lugar señalar que el estudio de impacto ambiental redactado para la ampliación del Puerto de Bilbao no incluía dichos terrenos. Estos terrenos a pesar de estar calificados como Sistema General del Puerto Autónomo de Bilbao como Suelo No Urbanizable, por lo que para cualquier actuación sobre ellos será necesaria la realización de una evaluación del impacto ambiental tal como marca el Decreto 183/2003 por el que se regula el procedimiento de evaluación conjunta del impacto ambiental.
De todas maneras este punto es aplicable a todo el PUEP. Ya que esta dentro del ámbito de aplicación de dicho Decreto (Art 3 Planes especiales y sus modificaciones que afecten al suelo no urbanizable).
En todo el documento del Plan analizado, en ningún momento se justifica la necesidad de estos espacios y aún menos la adecuación del uso que se le quiere dar.
La definición que el documento hace del uso industrial se limita literalmente a :
Industrial: referidos a aquellas áreas en las que se realizan procesos de transformación de mercancías y pesca, producción de energía, etc.
Con esta definición se impone el todo vale.
Nos puede dar una idea del destino de la ladera Oeste de Punta Lucero el que en las zonas consolidadas en el Abra exterior, y que tienen esta calificación, se han destinado a la central de energía de Bilbao Bahia de Bizkaia, o los nuevos depósitos de combustible de CLH en Santurtzi.
A nadie se le escapa el Valor Medio Ambiental, y recreativo que actualmente tiene la Playa de la Arena para la Margen Izquierda del Bilbao Metropolitano.
La Playa de La Arena es la más visitada del litoral de Bizkaia, con una población potencial del medio millón de usuarios, siendo además la única playa al Oeste de la desembocadura del Nervión.
Actualmente existen proyectos de regeneración para la desembocadura del río Barbadún, siendo la más importante, el desmantelamiento de los depósitos de CLH en Muskiz junto a la Playa, y su recuperación como zona marismal.
Así mismo el Plan Territorial Sectorial de las zonas húmedas de la CAPV, aprobado definitivamente recientemente, establece diversos grados de protección para toda la zona de la desembocadura del Barbadún.
También el Plan Territorial Parcial del Bilbao Metropolitano incluye esta zona dentro de la malla verde propuesta como zonas de esparcimiento señalando como Área de Interés Naturalístico la zona de Zierbena. Recogiendo el listado que las Directrices de Ordenación del Territorio señalan.
El PTP del Bilbao Metropolitano en su normativa Art. 40 excluye los suelos vacantes para nuevos asentamientos a aquellos que tengan una pendiente superior al 15 %. Las laderas de Punta Lucero objeto de esta alegación tienen el 41% de pendiente.
Para poder implantar cualquier tipo de urbanización o actividad en este ámbito se debería proceder a unos desmontes semejantes a los realizados en la ladera Este, no escapándose a nadie el impacto visual que supondría al entorno, ya que la recuperación de una ladera de este tipo es imposible como se ha demostrado en el parte Este.
Como se puede observar, todo el entorno de la desembocadura del Barbadún, y la Playa de la Arena lo constituyen espacios naturales protegidos y el núcleo residencial del barrio de la Arena en Zierbena:
De ellos destacan:
- La zona de Cobarón como espacio de protección por valores singulares.
- La zona de los actuales depósitos de CLH, calificados como área degrada a recuperar por el PTS de zonas húmedas. La concesión de CLH está extinguida y existe un proyecto de desmantelamiento y recuperación medioambiental.
- Las dunas de la Playa de la Arena y los arenales y marismas adyacentes al Barbadún.
- Las zonas de acantilados en la margen derecha de la Playa de la Arena, calificados como zona especialmente protegida por las NNSS de Zierbena y que son adyacentes al nuevo ámbito del PUEP.
- La misma Playa de la Arena, lugar de esparcimiento de la Margen Izquierda de Bilbao y calificado como zona de conservación activa.
- La parte de la ladera de Punta Lucero por encima del nuevo ámbito, que está incluida dentro de la malla verde del PTP y calificado como zona de especial protección por las NNSS de Zierbena.
- La zona del núcleo residencial de la Arena, que está a 50 mts. Del ámbito propuesto.
En medio de todas estas zonas se quiere imponer un nuevo Área Industrial con una indefinición de usos e intensidades que podría suponer la desaparición del entorno de la Playa de la Arena como zona de esparcimiento del Área Metropolitano, la desaparición de los valores paisajísticos de la desembocadura del río Barbadún en actual recuperación.
La margen izquierda ha sufrido durante años la degradación a la que el proceso de industrialización ha sometido. Solamente en entorno de la playa de La Arena se había escapado de este deterioro.
No se entiende que el Puerto de Bilbao tenga que sobrepasar los límites del Abra Exterior y doblar la ladera de Punta Lucero, si no es por puros intereses especulativos, ya que cualquier industria que se implante en esta ladera, no tiene que estar necesariamente vinculada al uso portuario, pudiendo establecerse en los polígonos estratégicos creados al efecto en los municipios de la zona.
Es por ello que rechazamos el uso industrial en el ámbito de la ladera Oeste de Punta Lucero vinculado al puerto autónomo con una superficie de 396.825 m2 y solicitamos su regeneración medioambiental más acorde con las zonas del entorno.
Muskiz, 23 de mayo de 2005
Fuente: EA Muskiz